Hace unos días, te dimos a conocer el nuevo tope imponible para este 2025 y el valor actualizado del sueldo mínimo. Ahora, queremos mantenerte al día con las últimas modificaciones normativas que impactarán tus obligaciones como empleador. En esta línea, para apoyarte en tus gestiones, te explicamos en detalle los cambios en la Tasa del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) y la nueva distribución de la cotización del 7% destinada a salud. Conoce las fechas clave, sigue las recomendaciones de nuestros expertos y asegúrate de cumplir con estas actualizaciones.
Los nuevos valores en tasa SIS y distribución del 7% de salud
Por un lado, te contamos que a partir de las remuneraciones correspondientes a enero de 2025, la tasa del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) será de un 1,38%. Es importante que tengas presente que este cambio se aplicará al pago de las cotizaciones por parte del empleador.
Además, de acuerdo con la Circular N°3853, emitida por la Superintendencia de Seguridad Social el 9 de enero de 2025, se ha establecido una nueva distribución de la cotización del 7% destinada a salud para trabajadores afiliados a FONASA cuyos empleadores estén adscritos a una Caja de Compensación de Asignación Familiar (CCAF). Esta redistribución quedaría de la siguiente forma:
Fonasa | CCAF | Total |
3.9% | 3.1% | 7% |
Para el caso de trabajadores afiliados a FONASA cuyos empleadores NO se encuentran adscritos a una Caja de Compensación (CCAF) la tasa de cotización de 7% de salud se recaudará de manera íntegra en FONASA.
Respecto a la distribución: ¿Cuándo comienza este cambio?
Este ajuste entrará en vigor a partir de las remuneraciones de enero de 2025 y el cual se deberá verificar en las siguientes fechas:
- 10 de febrero de 2025, si el pago es presencial.
- 13 de febrero de 2025, si el pago se realiza a través de la plataforma electrónica PREVIRED.
¡IMPORTANTE! Este cambio NO modifica el porcentaje total de la cotización obligatoria para salud, que sigue siendo el 7% de la remuneración imponible. Solo afecta la forma en que se distribuyen los fondos.
Ante esta situación, nuestra experta Denisse Muñoz, Ingeniera en Administración de Empresas con mención en Recursos Humanos y encargada del área de Recursos Humanos en Fiabilis Chile y quien posee más de ocho años de experiencia especializada en remuneraciones, le recomienda a los empleadores que:
- Revisar actualizaciones periódicas: Es fundamental que tanto los trabajadores como los empleadores se mantengan informados sobre las actualizaciones de los indicadores previsionales, ya que estos cambios impactan directamente en el cálculo de las cotizaciones, conforme a lo estipulado por la Superintendencia de Pensiones.
- Ajuste de cotizaciones: Los empleadores deben ajustar los indicadores que regulan el cálculo de las cotizaciones previsionales en base a los nuevos valores establecidos, asegurando el cumplimiento de lo que señala la Ley sobre la Base de Cotización Previsional, para evitar sanciones, deudas y/o multas por no realizar las contribuciones correctas.
- Consultar con un experto en legislación laboral: Ante cualquier duda sobre la interpretación de las leyes laborales o los cálculos de las cotizaciones, se recomienda consultar con un abogado especializado en derecho laboral, con un experto en seguridad social o bien directamente desde la Superintendencia de Pensiones, para garantizar el cumplimiento de las normativas y la correcta planificación previsional.
- Revisar anualmente el salario base de cotización: Es importante, además, corroborar la base de cálculo, así como también los topes establecidos, con la finalidad de que el cálculo y posterior pago no presente diferencias, como por ejemplo el recalculo del pago de la gratificación anual.
Mantén a tu empresa actualizada y evita inconvenientes con el cumplimiento de estas normativas. ¿Tienes dudas? ¡Contáctanos y te ayudaremos!
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