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    Aumento del sueldo mínimo y subsidio: ¿Cómo funcionará?

    Este 2023 la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó la ley que aumentará de manera gradual el sueldo mínimo en Chile a $500.000, con el fin de fortalecer el poder adquisitivo de los trabajadores y promover la equidad en el país.
    Por Esteban Arévalo - Abogado Fiabilis Chile

    En un esfuerzo continuo por mejorar las condiciones laborales y reducir las brechas sociales, hace unas semanas la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó la ley que aumentará de manera gradual el sueldo mínimo en Chile a $500.000, esto con el fin de fortalecer el poder adquisitivo de los trabajadores y promover la equidad en el país.

    La implementación del nuevo salario mínimo, los montos subirán de manera gradual, siendo de la siguiente forma: $440.000 al 1 de mayo 2023 (retroactivo), $460.000 al 1 de sept. 2023 y ya en julio del 2024 se llegaría a los $500.000. Este aumento representa un incremento del 25% con respecto al salario mínimo anterior, que se ubicaba en $400.000 pesos chilenos.

    Se debe tener en cuenta además que el aumento de ingresos mínimos tiene un impacto directo en todas aquellas asignación y requisitos para la entrega de subsidios cuya base de cálculo es justamente el ingreso mínimo.

    ¿Cómo esta ley afectará a las empresas?

     En cuanto al impacto en las empresas, tanto pequeñas como grandes, el Gobierno ha trabajado en colaboración con el sector empresarial para asegurar que el aumento del salario mínimo sea sostenible y no ponga en riesgo la viabilidad de las empresas.

     Es en esta línea que, el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo hizo un acuerdo con las micro, pequeñas y medianas empresas para poder apoyarlas y que este nuevo cambio no les impacte negativamente.

     El acuerdo trata de un subsidio estable de montos para cada uno de los períodos de alza del salario mínimo, el cual varía según tamaño de empresa (micro, pequeña y mediana).

     Además, también se elevarán los montos de este subsidio en el caso de que se cumplan las siguientes características:

    • Cuando el nivel del empleo formal, entendido como la tasa de asalariados con cotización previsional pagadas por el empleador, que informará el Instituto Nacional de Estadísticas, sea inferior a 34,5%.
    • Cuando exista una recesión técnica, esto es, cuando el nivel de crecimiento de la actividad económica del país, entendida como el PIB real trimestral desestacionalizado que informará el Banco Central de Chile, sufra una variación negativa por dos trimestres consecutivos.

    En conclusión, el aumento del salario mínimo en Chile para este año y el próximo representa un avance significativo en la búsqueda de condiciones laborales más justas y equitativas.

    Aunque las pequeñas empresas enfrentarán retos adicionales, se implementarán medidas de apoyo para asegurar su sostenibilidad. Por su parte, las grandes empresas se beneficiarán de un mercado interno fortalecido. El Gobierno está comprometido en promover un equilibrio entre el bienestar de los trabajadores y la viabilidad de las empresas.

    Cuestiones prácticas del subsidio

    ¿Qué MIPYMES pueden acceder al Subsidio?

    Pueden acceder aquellas empresas que, de acuerdo a lo que establece la Ley N°21.578, es decir

    1. Tengan inicio de actividad en Primera Categoría antes del 8 de mayo de 2023(*), como persona natural o jurídica, incluidas las cooperativas.
    2. Las ventas y servicios del giro deben ser superioresa 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2022.
    3. Tengan 1 o más trabajadoras o trabajadores con sueldo mínimo o con ingreso imponible entre $411.000 y $500.000, de acuerdo al período contemplado en la Ley.
    4. También aquellas personas jurídicas sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 8 de mayo de 2023.

    (*) Las empresas que inicien actividades desde el 8 de mayo de 2023, podrán acceder desde septiembre de 2023, si cumplen los requisitos.

    Las empresas que inicien actividades desde el 31 de agosto de 2023, podrán acceder en el caso que el IPC supere el 6%, entre enero y junio de 2024.

    Empresas Excluidas:

    1. EIRL en que el dueña o dueño sea la única trabajadora o trabajador o SpA en que uno los accionistas sea la única trabajadora o trabajador.
    2. Las empresas que tengan inicio de actividad posterior al 8 de mayo de 2023 y en la que un socio o accionista sea persona jurídica.
    3. Empresas que tengan código de actividad financiera y de seguros.

    ¿Cuándo deben postular?

    Todas las Micro, Pequeñas y Medianas empresas que cumplen las condiciones deben solicitar el Subsidio desde el 20 de junio hasta el 20 de septiembre de 2023.

    ¿Dónde y cómo realizo esta solicitud?

    La solicitud se debe hacer en el Servicio de Impuestos internos ingresando con clave tributaria o clave única.

    El cálculo del monto del subsidio es completamente automático, debiendo sólo ingresar los datos de la empresa y elegir la modalidad de pago. Para el cálculo se utiliza la información proporcionada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), es decir, Nómina de trabajadores y su sueldo imponible; y la que se encuentra disponible en el SII, es decir, Formulario 29 (IVA) Declaración Mensual de Impuestos,  Declaración de Renta 2023, Registro de Compras y Ventas, Boletas de Honorarios Electrónicas (para sociedades de profesionales de primera categoría).

    La solicitud se realiza sólo una vez recibiendo los beneficios hasta abril de 2025

    ¿En que plazos se pagará este subsidio?

    Si la empresa que solicitó el subsidio eligió depósito en cuenta bancaria*, el pago del primer mes de subsidio se realizará 15 días después, en la cuenta indicada al momento de realizar la solicitud.

    Montos del subsidio:

    El monto del beneficio dependerá del tamaño de la empresa (Micro, pequeña o mediana empresa) y el período en que se entrega.

    Período Año Micrompresa Pequeña empresa Mediana empresa
    Mayo a agosto 2023 2023 35.000 19.000 4.500

    Mayo a agosto 2023

    *Beneficiarios subsidio anterior

    2023 45.000 29.000 14.500
    Septiembre a Diciembre 2023 2023 50.500 32.500 17.500
    Enero a Junio 2024 2024 31.000 20.000 9.500
    Julio a Diciembre 2024 2024 36.500 23.500 12.500
    Enero 2025 2025 49.000 31.500 17.500
    Febrero 2025 2025 42.000 27.000 15.000
    Marzo 2025 2025 25.000 16.000 10.000
    Abril 2025 2025 7.000 4.500 2.500

     

     

     

    Fuente: Subsidio sueldo mínimosolicitud subsidio