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    Sube la cotización previsional del empleador a 3,5%: lo que cambia para tu empresa desde agosto de 2026

    Revisa los principales cambios en seguridad social en Chile durante 2026: aumento de la cotización previsional del empleador al 3,5%, nueva CRP, subsidios a la contratación y próximos hitos de la Reforma Previsional.

    Sube la cotización previsional del empleador a 3,5%: lo que cambia para tu empresa desde agosto de 2026

    Desde las remuneraciones de agosto de 2026 —que se pagan y declaran en septiembre— la cotización adicional de cargo del empleador establecida por la Reforma Previsional (Ley N° 21.735) subió de 1% a 3,5% de la remuneración imponible. Con este ajuste, la cotización previsional total pasa a 13,5% mensual, y el costo es enteramente del empleador: no genera ningún descuento adicional en la liquidación del trabajador.

    Si tu empresa aún no ha recalculado su planilla de remuneraciones, este es el momento de hacerlo. A continuación te explicamos en qué consiste el cambio, qué viene después y cómo calcular el impacto real en tu costo laboral.

    En qué se distribuye el nuevo 3,5%

    El aumento no llega de una sola vez a un mismo destino. Se reparte en tres componentes:

    • 0,1% a la cuenta de capitalización individual del trabajador (AFP), vigente desde agosto de 2025.
    • 0,9% a la nueva Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP), un mecanismo con garantía estatal que resguarda parte del ahorro previsional frente a la volatilidad del mercado.
    • 2,5% al Seguro Social Previsional, que incluye el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), ahora recaudado por el IPS.

    Cada aporte a la CRP genera además un Bono de Seguridad Previsional (BSP) a nombre del trabajador. El Consejo del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) acordó que, de forma excepcional, todos los BSP emitidos entre agosto y diciembre de 2026 se paguen directamente, sin canjearse aún por Bono Amortizable.

    El pago sigue haciéndose a través de Previred, con los mismos plazos habituales, por lo que la recomendación práctica es actualizar los sistemas de remuneraciones antes de procesar la nómina de agosto.

    Lo que viene: fondos generacionales y nuevo régimen de inversión

    La reforma sigue avanzando en otros frentes que los empleadores deben tener en el radar:

    • La Superintendencia de Pensiones debe publicar el nuevo Régimen de Inversión de los Fondos Generacionales a más tardar el 1 de septiembre de 2026. Este régimen reemplazará a los actuales multifondos A-E por 10 fondos generacionales, que entrarán en vigencia en abril de 2027.
    • La consulta pública sobre este régimen cerró el 31 de julio, y tanto las AFP como distintos expertos ya plantearon reparos sobre los mínimos de inversión exigidos.
    • El presidente del Consejo Consultivo Previsional advirtió que realizar en el mismo año la licitación del 10% de stock de afiliados junto con la puesta en marcha de los fondos generacionales podría generar un impacto en el mercado de capitales.

    Subsidio a la contratación: un alivio para compensar el mayor costo

    En paralelo al alza de cotizaciones, el Gobierno mantiene vigente el Subsidio a la Contratación (línea de Activación Laboral, SENCE/Mintrab), que puede ayudar a las empresas a absorber parte del mayor costo laboral al momento de incorporar nuevo personal:

    • Se paga directamente a la empresa, no al trabajador.
    • Cubre hasta un máximo de 200 subsidios por empresa durante la vigencia del programa.
    • Aplica a contratos desde el 15 de julio de 2026, con trabajadores que no registren cotizaciones en los tres meses previos y con una remuneración bruta igual o menor a 3 Ingresos Mínimos Mensuales.
    • Requiere que el contrato esté registrado en la Plataforma Electrónica de la Dirección del Trabajo.
    • Se paga hasta diciembre de 2026; quienes postulen en julio o agosto pueden acceder hasta a 4 pagos.

    Otros cambios normativos que conviene tener presentes

    • Ley N° 21.828 (Diario Oficial, 23 de julio de 2026): incorpora al Código del Trabajo un nuevo capítulo sobre medidas para la inclusión laboral de mujeres en las empresas.
    • Ley N° 21.822 (Diario Oficial, 1 de junio de 2026): Ley Integral de las Personas Mayores, con implicancias directas en el ámbito laboral y de seguridad social.

    Cómo calcular el costo laboral real de un trabajador

    El costo laboral total mensual de un trabajador ya no se limita al sueldo bruto. Con el alza de agosto de 2026, la fórmula general que debe manejar cualquier empresa es la siguiente:

    Costo laboral total = Remuneración imponible + Cotización adicional Reforma Previsional (3,5%) + Seguro de Cesantía empleador (2,4% o 3%) + Seguro Ley N° 16.744 (tasa variable) + otros beneficios contractuales (gratificación, bonos, etc.)

    Ejemplo con una remuneración imponible de $800.000 (contrato indefinido):

    • Remuneración imponible: $800.000.
    • Cotización adicional Reforma Previsional (3,5%): $28.000, desglosada en 0,1% ($800) para capitalización individual AFP, 0,9% ($7.200) para la CRP y 2,5% ($20.000) para el Seguro Social Previsional, que incluye el SIS.
    • Seguro de Cesantía (AFC), aporte del empleador (2,4%): $19.200.
    • Seguro Ley N° 16.744, tasa base (0,90%): $7.200.
    • Costo laboral total estimado: $854.400, equivalente a un 6,8% adicional sobre la remuneración imponible.

    Este cálculo no incluye gratificación legal, aporte SENCE ni beneficios contractuales adicionales, que deben sumarse según cada caso, ni la tasa adicional por siniestralidad de la Ley N° 16.744, que varía según la mutualidad y el nivel de riesgo de cada empresa.

    Pasos prácticos para calcularlo en tu empresa:

    1. Define la remuneración imponible, considerando el tope imponible vigente (87,8 UF aproximadamente, sujeto a reajuste anual).
    2. Aplica el 3,5% de cotización adicional de la Reforma Previsional, que seguirá subiendo gradualmente hasta llegar a 8,5% en 2033.
    3. Aplica el 2,4% (contrato indefinido) o 3% (contrato a plazo fijo/por obra) del Seguro de Cesantía.
    4. Aplica la tasa de tu mutualidad de seguridad según la Ley N° 16.744: 0,90% base más la tasa diferenciada por siniestralidad.
    5. Suma la gratificación legal si corresponde, y cualquier otro beneficio contractual pactado.
    6. El resultado es el costo laboral total mensual real de ese trabajador para tu empresa.

    Próximos hitos que no debes perder de vista

    • Septiembre 2026: la PGU sube a $250.000 para personas de 75 años o más; comienza el pago del beneficio CRP.
    • Septiembre 2026: fecha máxima de publicación del Régimen de Inversión de los Fondos Generacionales.
    • Noviembre 2026: entra en vigencia el tope global máximo de comisiones indirectas.
    • Agosto 2027: la CRP sube de 0,9% a 1,5% de cargo del empleador.
    • 2033: la cotización adicional del empleador llega a su tope: 8,5%.

    Cómo puede ayudarte Fiabilis

    En Fiabilis Chile ayudamos a las empresas a mantener sus procesos de remuneraciones al día frente a cada etapa de la Reforma Previsional, evitando errores de cálculo que después se traducen en multas, diferencias previsionales o riesgos legales. Nuestro equipo puede apoyarte en la actualización de tu planilla al nuevo 3,5%, en la revisión del costo laboral real por trabajador y en la evaluación de tu elegibilidad para el Subsidio a la Contratación, de forma que no dejes pasar un beneficio al que tu empresa puede acceder.

    ¿Ya recalculaste el costo laboral real de tu equipo con el nuevo 3,5%? Conversemos y te ayudamos a revisar tu situación antes del cierre de la nómina de septiembre.

    Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal, contable ni financiera. Las tasas y fechas pueden ajustarse por futuras resoluciones de la Superintendencia de Pensiones, el FAPP o cambios legislativos. Verifica siempre las fuentes oficiales antes de aplicar cambios en tus procesos de remuneraciones.